Responsabilidad civil de las instalaciones y actividad de pandillas

Antecedentes

Según el Georgia Bureau of Investigation (la oficina de investigación de Georgia), Georgia tiene una crisis de pandillas. Los fiscales dicen que los miembros de las pandillas cometen la mayoría de los crimines dentro del área metropolitana de Atlanta. En el año 2018, había más de 70,000 miembros de pandillas documentados en Georgia. Para luchar contra la violencia que cometen las pandillas, el órgano legislativo de Georgia promulgó O.C.G.A. § 16-15-7 – una ley que permite que las víctimas de la violencia de las pandillas reciban el triple de los daños si el delito ocurrió en un área donde la violencia de las pandillas era prominente. 

La ley

O.C.G.A. § 16-15-7 reconoce lo que mucha gente que vive en barrios peligrosos siempre ha sabido– que los propietarios de los pisos son conscientes de que los residentes que los alquilan se encuentran en una zona de guerra, pero no les importa. Ahora los dueños de estas propiedades tienen que preocuparse. La ley dice que, si una propiedad se usa para actividades de pandillas, será considerada como una amenaza pública. Según la ley, una persona víctima de la violencia perpetrada por una pandilla en un área infestada de pandillas puede recibir una indemnización de cuantía equivalente al triple de los daños reales y también daños punitivos. La ley también concede a las víctimas un importe equivalente a los honorarios del abogado y los costes de la investigación. Y, según el tribunal de apelaciones de Georgia, los dueños de estas propiedades peligrosas pueden ser considerados responsables de los daños que sufrieron los residentes.

En Star Residential, LLC v. Hernandez (Ga. App. 2020), el tribunal de apelaciones emitió una resolución judicial sobre uno de estos casos. Habían disparado por la espalda a un residente en frente de la puerta de su piso. El residente entabló una acción contra los dueños del apartamento y, entre otras cosas, dijo que el apartamento era una amenaza pública según las leyes locales y O.C.G.A. § 16-15-7. Los demandados argumentaron que O.C.G.A. § 16-15-7 no era aplicable a ellos porque no participaron en ese acto de violencia. Sin embargo, el tribunal decidió que no solo la ley es aplicable a las personas que participan en la violencia, sino que el juez puede decidir, en cada caso, si el tipo de delito que se produce está relacionado al tipo de violencia que los legisladores intentaban erradicar. De acuerdo con Hernandez, si un apartamento se usa habitualmente para actividades de pandillas, los propietarios pueden ser responsables. El tribunal señaló que la ley no dice nada sobre la naturaleza del caso y el demandado especifico.

La redacción de la ley deja mucho espacio para la interpretación. Como la asamblea legislativa no identificó a un demandado específico, el juez o el jurado – como señala fervientemente el disentimiento en Hernández – tiene un control total para declarar si un caso se encuentra amparado por la ley o no. Esta autoridad total elimina la facultad de revisión del tribunal de apelaciones y no dará lugar a una aplicación uniforme de la ley. Sin embargo, como la disentimiento en Hernández también señala, este es un problema para los legisladores, no para los tribunales.

Responsabilidad civil de las instalaciones, específicamente

La responsabilidad civil de las instalaciones es un área de ley que no ha cambiado mucho en los últimos 100 años. La causa de pedir (cause of action) tiene cuatro elementos: una obligación a conformar un estándar de conducta, una infracción de la obligación, un daño causado por la infracción, y una pérdida provocada por el daño. La clase de personas que pueden cobrar una indemnización para una infracción son invitees y licensees. Un invitee es alguien que paga para un servicio dentro del edificio o área – como clientes en una tienda o residentes de un complejo de apartamentos. Un licensee es alguien que está dentro de la propiedad, pero no para el beneficio del dueño. Los duenos tienen la obligación para con los invitees de ejercer atención ordinaria (ordinary care) para asegurar que la propiedad y las áreas que rodean la propiedad sean seguras. Cuando la violencia se ejerce contra alguien dentro de una propiedad, la pregunta siempre es, ¿la violencia que ocurrió era previsible, o no? Si la respuesta es sí, los dueños son responsables si no tomaron precauciones razonables para prevenir la violencia.

En este contexto, la decisión de Hernández tiene sentido. Si un propietario ya sabía que su complejo de apartamentos estaba infestado de violencia y no hizo nada para evitarlo, es responsable de los daños sufridos por la víctima de esta violencia previsible. Pero, los propietarios no habían calculado los daños triples cuando hicieron las cuentas para decidir si era más barato poner guardias dentro de sus complejos de apartamentos o pagar los daños triples, los gastos legales y de investigación.

Lo que O.C.G.A. § 16-15-7 hace muy evidente es que los legisladores no permitirán que nadie que no tome medidas frente a la violencia desenfrenada de las pandillas eluda su responsabilidad. Seguramente, la ambigüedad que el Tribunal de Apelaciones reconoció en Hernández animará a los propietarios a tomar precauciones para limitar o eliminar la violencia de las bandas en sus propiedades. Los propietarios ya no pueden dejar a sus inquilinos viviendo desprotegidos en una zona de guerra.